lunes, 27 de septiembre de 2010
LAS FARC Y EL ELN…..EJERCITO DEL PUEBLO O EJERCITO NARCO TERRORISTA, JUZGEN USTEDES!!!!
miércoles, 8 de septiembre de 2010
Justicia selectiva en Colombia….para unos si, para el terrorismo…NO!!!!
viernes, 30 de julio de 2010
¿Por qué después de casi 25 años se retomo el caso de la toma del Palacio de Justicia?
¿Acaso es para buscar la verdad de ese fatídico 6 de noviembre de 1985; cuando terroristas del M-19, se tomaron a sangre y fuego el Palacio de Justicia; todo esto pagado por el narcotraficante Pablo Escobar?
Si eso fuera cierto, entonces los guerrilleros del M-19 que se desmovilizaron y fueron indultados por el gobierno de Virgilio Barco, actuales Senadores, Representantes a la Cámara y Gobernadoderes, también deberían ser llamados a juicio por estos acontecimientos; ya que ellos fueron los autores en primera medida de la toma del Palacio; iniciaron los hechos de ese nefasto día para toda la sociedad Colombiana.
Ahora bien, lo que en verdad están buscando en Colombia, es un impacto mediático y parcializado; tal como viene sucediendo en Argentina, donde se reabrieron viejas heridas a militares, que ya habían sido condenados o indultados por la justicia; están ahora siendo juzgados nuevamente ante las Cortes de este país; debido a que los posibles crímenes cometidos por ellos son considerados en las nuevas normas jurídicas, como de lesa humanidad. Lo anterior en aplicación a la Teoría Mediata, por el presunto conocimiento y dominio de la organización, permitiendo imputar la responsabilidad penal contra todo aquel que esté ubicado en los diferentes escalones del poder o en el mando en el caso militar; en pocas palabras, contra aquellos que se encuentran alejados del autor material del hecho punible; violando flagrantemente uno de los elementos básicos para que exista; que es, que la organización funcione al margen de la ley y el derecho. Lo cual no aplica para la Fuerza Pública. Pero a pesar de esto, la teoría se quiere imponer como el descubrimiento estrella de los jueces, que se encuentran a cargo de los procesos contra los miembros de las Fuerzas Armadas. Fuera de eso, la justicia ha exigido que las indemnizaciones a las “victimas” sean pagadas por los propios militares, algunas de estas tan altas que los condenan de forma indirecta a cadena perpetua.
En Colombia, organismos defensores de Derechos Humanos, están buscando más protagonismo, que el esclarecimiento real de los casos, no solo están siguiendo la línea de la justicia argentina, sino que están ejerciendo una presión a tal punto que el mismo Consejo de Estado, falló este año una acción de repetición contra el capitán Tomás Ignacio Monroy, y los suboficiales Samuel de Jesús Mejía y Marco Aurelio Mendoza. Donde ellos deben indemnizar al Estado con sumas de 286 y 114 millones respectivamente[1]. Este fallo del Consejo de Estado crea un nuevo marco en la jurisprudencia del país, exactamente igual que en Argentina, y de este modo ya la ley permitirá que existan acciones del mismo tipo en Colombia.
Algunas organizaciones de Derechos Humanos quieren implementar el estatuto de Roma como en el caso de la masacre de Mapiripán-Meta, ocurrido en julio de 1997, o el caso de fuego amigo en Jamundí, ocurrido el 22 de mayo de 2006. Estas organizaciones están intentando pasar por encima del mismo ordenamiento legal.
Lo anterior es debido a que Colombia, cuando ratifico el Estatuto de Roma en el año 2002 se amparo en el Artículo 124 del mismo, el cual especifica que:
“No obstante lo dispuesto en los párrafos 1 y 2 del artículo 12, un Estado, al hacerse parte en el presente Estatuto, podrá declarar que, durante un período de siete años contados a partir de la fecha en que el Estatuto entre en vigor a su respecto, no aceptará la competencia de la Corte sobre la categoría de crímenes a que se hace referencia en el artículo 8 cuando se denuncie la comisión de uno de esos crímenes por sus nacionales o en su territorio.”[2]
Esto significa que un colombiano acusado de cometer delitos de lesa humanidad, antes del año 2009; no puede ser juzgado por la Corte Penal Internacional. Ratificado en el mismo Estatuto de Roma, en su Artículo 24 – Parágrafo 1, el cual especifica:
“Nadie será penalmente responsable de conformidad con el presente Estatuto por una conducta anterior a su entrada en vigor”[3].
Sin importar que los acusados de unos u otros delitos sean culpables o no. Lo que se ha empezado en Colombia es una verdadera Cacería de Brujas iniciada por unos pocos personajes que buscan establecer intereses económicos, políticos y jurídico-terroristas; además del protagonismo ante la sociedad como supuestos defensores de los derechos humanos. Al mismo tiempo, algunos medios de comunicación y políticos sin escrúpulos, se han unido a este falso llamado en búsqueda de la mal llamada verdad; lo cual ha convertido estos procesos en un show mediático, para beneficio propio sin tomar en cuenta la sangre derramada en el país.
Pero de lo que no se han dado cuenta, es que acciones como estás; lo único que hacen es abrir viejas y nuevas heridas, las cuales se encargaran de dividir aun mas a la sociedad, en un momento donde los colombianos debemos estar más unidos para salir adelante.
Coronel Luis Felipe Molano Díaz
Departamento de Estudios Socio-Políticos - ACORE
[1] El Tiempo, “Militares condenados deberán reintegrar al Estado el monto de las indemnizaciones”. Documento Electrónico
[2] ESTATUTO DE ROMA, CORTE PENAL INTERNACIONAL. http://www.icclr.law.ubc.ca/Publications/Reports/romestatute.sp.pdf .Documento Electrónico
[3] ESTATUTO DE ROMA, CORTE PENAL INTERNACIONAL. http://www.icclr.law.ubc.ca/Publications/Reports/romestatute.sp.pdf. Documento Electrónico
martes, 13 de julio de 2010
¿HASTA DÓNDE PODEMOS LLEGAR CON LA SUBJETIVIDAD JURIDICA?
Por estas épocas, cuando los adelantos científicos son el pan de cada día, y pareciera que las capacidades del ser humano se han ido quedando cortas ante la avalancha del desarrollo, debemos hacer un alto en el camino para hacer una observación a la justicia que se está impartiendo en el país: el pasado primero de junio leímos en un periódico de circulación nacional una noticia con el siguiente titular “Aranguren detenido por caso de chuzadas”. Estaban hablando del ex director de la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), Mario Aranguren. Según la investigación desarrollada por la Fiscalía, la UIAF realizó actividades ilegales de seguimiento en contra de magistrados de la Corte Suprema de Justicia para determinar sus presuntos nexos con el cuestionado empresario Asencio Reyes.
La pregunta desprevenida que se hace un ciudadano es si ¿acaso el DAS no es una agencia de inteligencia del orden Nacional? De acuerdo a esto, todos los procesos iniciados por autoridades competentes, con base a pruebas de esta agencia; serían nulos, porque entonces todo lo que ha venido haciendo el DAS está fuera de la ley, y si eso es así, ¿por qué existe?
Curiosamente, en el mismo periódico, en la parte inferior de la misma página, aparece otro titular que dice “Juez liberó a seis señalados sicarios que habían sido capturados con armas y droga”. Según la información, los sicarios pertenecían a la ‘oficina’ de Envigado y que uno de ellos tenía orden de captura por concierto para delinquir con fines terroristas.
Al hacer un análisis paralelo de los dos casos se puede determinar una calificación a nuestra justicia de forma objetiva y no subjetiva como lo vienen haciendo los jueces. Si bien es cierto, no es una política de la rama judicial, sí es preocupante porque no se está mirando con el mismo rasero jurídico. Al respecto, los expertos en derecho manifiestan que se está volviendo escuela entrar a calificar en forma “subjetiva” para poder hacer justicia. De este proceso de la justicia hacen parte la formación profesional, la tendencia ideológica de la universidad, la experiencia en la rama judicial, y las presiones políticas y mediáticas, y para acomodarse a la norma, con su criterio propio; entra en acción la calificación subjetiva. Al jugar con criterio subjetivo, lo que para un profesional es grave, para otro puede no serlo. En ese sentido, hoy por hoy se torna peligroso caer en manos de un juez que aplique este criterio. Es más, poco a poco las normas constitucionales y las leyes van quedando relegadas a un segundo plano, con fallos direccionados con el criterio subjetivo.
Lo expresado anteriormente no es un criterio descabellado: si se consulta el Diccionario de la Lengua Española, se encuentra que Subjetividad tiene dos significados según se utilice para referirse al conocimiento o al sujeto.
En la teoría del conocimiento, “la Subjetividad es la propiedad de las percepciones, argumentos y lenguajes, basado en el punto de vista del sujeto y, por lo tanto, influidos por los intereses y deseos particulares del sujeto; es opuesto a la objetividad, por lo anterior, los sujetos, están condicionados a circunstancias, culturales, políticas, históricas, e ideológicas, etc.”.
Sin embargo, la Constitución y las leyes de la República son muy claras y dejan muy poco a las interpretaciones, pero si llegaran a existir estas interpretaciones, es muy importante que un juez o un fiscal, tenga el criterio personal y profesional para no ir a cometer una injusticia.
La injustica fomenta otra clase de violencia en el país: la violencia jurídica.
Es importante ser un poco exegético en las decisiones y no dejarlo a la subjetividad. Por eso es que al iniciar este artículo, hablaba de los adelantos científicos. Será que en justicia, seríamos mejores actuando como máquinas, para no correr el riesgo de deambular sin brújula en el campo jurídico.
viernes, 21 de mayo de 2010
EL EJÉRCITO Y LA NACIÓN
Como era de esperarse, la insinuación a los candidatos a la Presidencia fue la que halló mayor acogida en pleno debate electoral, para que en sus planteamientos abocaran el tema de la Seguridad Nacional, referido a la Política Democrática convertida en función de Estado. ¿Se continuaría aplicando con el planteamiento actual? ¿Se modificará y en tal caso en qué sentido o criterio? EL TIEMPO pidió a los candidatos que se pronunciaran al respecto. Afortunadamente todos, menos uno, como era de predecir, declararon que la continuarían aplicando y dedicarían especial atención al fortalecimiento de la Fuerza Pública en su moral y equipamiento, reconociendo los éxitos alcanzados en la liberación de territorio y de las vías de comunicación, así como el debilitamiento de la guerrilla.
Esta inquietud era apenas una de las que motivaron el Manifiesto. Las demás pueden resumirse así:
* Virtual extinción del Fuero Militar en contra de lo dispuesto en el Artículo 221 de la Constitución Política, que ordena "el conocimiento de los delitos cometidos por militares en servicio activo y por razón del mismo servicio a las Cortes Marciales o Tribunales Militares". Si esto se determina en lo penal, una simple lógica jurídica lo extiende en lo disciplinario para hechos punibles que por su gravedad no alcancen a constituir delitos. El desconocimiento de este mandato constitucional se ha traducido en tremendas equivocaciones, atropellos e injusticias contra destacados miembros del Ejército.
* Reapertura unilateral de lo acaecido en el Palacio de Justicia el 5 de octubre de 1985 pretextando que la "desaparición forzada", como delito de lesa humanidad no prescribe. Tal delito no existía en la jurisprudencia colombiana para la fecha citada, luego se desconoció el principio de que donde no hay ley que lo determine, no hay delito. Además, tal desaparición se invocó sin pruebas fehacientes, como lo señalan dos fallos del Consejo de Estado que revocaron la separación definitiva previa destitución del general Arias Cabrales.
* La fiscal que adelantó el caso dispensó un trato inhumano al coronel Alfonso Plazas Vega, negándole permiso para visitar a su padre agonizante y luego a sus exequias. No contenta con este proceder, ha pretendido internarlo en una cárcel común, sacándolo a viva fuerza en la alta noche del Hospital Militar por guardias del Instituto Penitenciario como a cualquier delincuente, cuando ni siquiera se ha producido sentencia después de año y medio.
* Denuncia de la Guerra Jurídica, parte de la Guerra Política, desatada por organizaciones extremistas y colectivos de abogados, con la finalidad de desprestigiar y acusar a oficiales de alta graduación y subalternos tanto oficiales como suboficiales y hasta soldados que más tarde resultan exonerados de toda culpa, cuando ya se ha causado a ellos y a la institución daño irreparable.
* Parcialidad manifiesta al reabrir el expediente del Palacio de Justicia contra los militares, excluyendo a quienes perpetraron el asalto sangriento y en contubernio con la mafia incendiaron los expedientes por casos de extradición y con ellos la propia Casa de los Jueces donde pretendieron juzgar al presidente Betancur y masacraron a los magistrados en el tercer piso, donde no alcanzó a subir el Ejército, contenido por el fuego violento de los terroristas. Comprobada la Guerra Jurídica, debería ser combatida por la misma justicia. ¿Pero es que existe?
Álvaro Valencia Tovar
Articulo tomado de El Tiempo http://www.eltiempo.com/opinion/columnistas/lvarovalenciatovar/el-ejercito-y-la-nacion_7718124-1
lunes, 14 de diciembre de 2009
LA COMISION DE LA MENTIRA
Señores.
COMISIÓN DE LA VERDAD.
Bogotá D.C.
E. S. D.
DOCTORES:
JORGE ANIBAL GOMEZ GALLEGO.
JOSE ROBERTO HERRERA VERGARA.
NILSON PINILLA PINILLA.
REFERENCIA: RECTIFICACIÓN HECHOS DEL PALACIO DE JUSTICIA.
CLEMENCIA GARCIA DE USECHE, ciudadana Colombiana, mayor de edad, identificada con C.C. No.41.441.650 de Bogotá, Abogada de profesión, por medio del presente escrito, respetuosamente me permito poner en su conocimiento la siguiente aclaración que debe hacer la Comisión, en honor a la “verdad”, para no caer en un imperdonable error histórico.
1.Con gran extrañeza en días pasados me enteré por los medios de comunicación en entrevista realizada al Doctor NILSON PINILLA por R. C. N., que la COMISION DE LA VERDAD había llegado a la conclusión que el incendio ocurrido en los hechos del Palacio de Justicia, había sido causado por los Militares, lo cual considero es un error histórico.
2.Con todo respeto, manifiesto que esa afirmación no honra la verdad, habida cuenta que de acuerdo al video grabado por la T.V. Española, que cubrió la noticia desde minutos después de iniciada la toma hasta su culminación, es la más fidedigna prueba documental la cual me permito adjuntar a este escrito, en donde es claro que el incendio se inicia ANTES de que entraran los Militares por cualquier flanco del Palacio, ruego a ustedes observar como en el minuto 23” del video aportado, ya se ve nítidamente la humareda producto del incendio en la biblioteca de la Honorable Corte y en el archivo del Consejo de Estado, lo que significa que fue el M-19 quien acabó a través del incendio con la historia Jurídica del país, lo que constituye un delito de lesa humanidad.
3.Esta afirmación, no es caprichosa de quien suplica a la Comisión de la Verdad, se revise el material probatorio, sino que está respaldada en el dicho de un eminente sobreviviente de los terroristas hechos Honorable Ex Magistrado del Consejo de Estado Dr. SAMUEL BUITRAGO, el cual en entrevista hecha por el Dr. FERNANDO LONDOÑO el día 12 de noviembre de 2009, (la cual se anexa) relata las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrió el referido incendio así:
“(…) la Secretaria del mismo le dijo: “mire doctor mire me decía ella y me mostraba hacia allá y si señoras vi unos personajes uniformados guerrilleros, con unos mechones prendiéndolo fuego a libros y no se si expedientes, en todo caso a los anaqueles les estaban prendiendo candela (…); lo cual es concordante con lo que se aprecia en el video de la TV española (EL CUAL SE APORTA).”
4.Si la Honorable Comisión de la Verdad, revisa y compara con detenimiento el video referenciado y lo plasmado por la suscrita en la página 5 de la providencia calendada mayo 15 de 1992, (la cual se aporta), donde se hace relación a la misma prueba documental y al testimonio del Ex Magistrado Auxiliar del Consejo de Estado DR. FERNANDO GONZALEZ CARRIZOSA quien manifestó que el incendió comenzó aproximadamente 45 minutos después de la toma por el M - 19 en el sótano del Palacio de Justicia en los archivos y en la biblioteca del Consejo de Estado, pues probado se encuentra en el proceso que el Ejército entró muchísimo tiempo después de iniciado el mismo.
5.Las anteriores precisiones me permito hacerlas con la autoridad moral, intelectual y de conocimiento que me acompaña, habida cuenta que soy una de las pocas personas que leyó y estudio en su totalidad los mas de 150 cuadernos que conforman el proceso 4119, haciendo igualmente un análisis de las pruebas que obran en el expediente, por haberme dado la vida la oportunidad en mi calidad de Juez de Orden Público (sin rostro) de la época, de habérseme asignado el proceso del Palacio de Justicia para emitir el respectivo fallo y haberme correspondido dictar en mi calidad de Juez de Orden Público la providencia donde se ordenó vincular a los integrantes del M-19 por los delitos de terrorismo, incendio y actos de ferocidad y barbarie, delitos de lesa humanidad, excluidos del indulto que les fuera concedido a los guerrilleros del M-19 en aplicación de la Ley 77 de 1989 y el correspondiente Decreto Reglamentario.
Esta respetuosa sugerencia la hago, ya que a mis 60 años de edad, no podría morir con la conciencia tranquila, al haberme quedado callada sabiendo que se está incurriendo en yerro histórico imperdonable al dejar para la historia del país una imprecisión de tal magnitud y absolver históricamente a los terroristas de un acto de barbarie que SÍ cometieron sin la más mínima consideración para con sus injustos e indefensos rehenes.
Con la esperanza de una colombiana que espera se le haga honor a la verdad en la justicia histórica.
ANEXO:
1.DVD de la grabación tomada por la TV ESPAÑOLA en donde sin lugar a dubitación se puede observar que el huno producto del incendio se presenta en el minuto 23 de la grabación minutos antes de que las Fuerzas Militares hicieran su incursión en el edificio.
2.Trascripción de la entrevista del Ex Magistrado del Consejo de Estado Dr. SAMUEL BUITRAGO, el cual en entrevista hecha por el Dr. FERNANDO LONDOÑO el día 12 de noviembre de 2009, relato las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrió el referido incendio y la forma en que fue propiciado por el M-19.
3.Providencia de fecha mayo 12 de 1992 en donde entre otros se valora el testimonio del Ex Magistrado Auxiliar del Consejo de Estado DR. FERNANDO GONZALEZ CARRIZOSA quien manifestó que el incendió comenzó aproximadamente 45 minutos después de la toma por el M - 19 en el sótano del Palacio de Justicia en los archivos y en la biblioteca del Consejo de Estado, antes de que entrara la fuerza pública al edificio del Palacio de Justicia.
Atentamente,
CLEMENCIA GARCIA DE USECHE.
C.C. No.41.441.650 de Bogotá
miércoles, 2 de diciembre de 2009
PETICION A DIOS
Estas palabras provienen de Liliana de Romero, esposa del capitán de la Fuerza Aérea César Romero Padilla, condenado junto con sus compañeros Johan Jiménez y Héctor Mario Hernández por un delito que nunca cometieron: nada menos que un supuesto bombardeo al caserío de Santo Domingo, en Arauca; bombardeo desde el helicóptero UH-1H que habría provocado el 13 de diciembre de 1998 la muerte de 18 personas, entre ellas siete niños.
Como ha sido ya denunciado muchas veces, esta inculpación contra los tres oficiales de nuestra Fuerza Aérea responde a un escalofriante montaje elaborado por las Farc. Ahora sabemos cómo ellas lograron los falsos testimonios de algunos habitantes del caserío acreditando la versión de tal bombardeo, testimonios que merecieron total crédito del Procurador de entonces, de Human Rights Watch y de la Embajada americana. Con semejante soporte, los tripulantes del helicóptero terminaron condenados por "homicidio doloso".
Pero la verdad de lo ocurrido se ha confirmado recientemente con el testimonio de dos comandantes guerrilleros ahora reinsertados.
Según lo revelado por ellos, el 'Mono Jojoy' y su hermano 'Grannobles' les habían encargado de guardar el control del caserío a fin de facilitar la llegada de una aeronave que traía a las Farc cajas con armas y una tonelada de cocaína. La inteligencia militar interceptó dicho mensaje y tropas del Ejército fueron despachadas por aire. Tras 12 horas de feroz combate, helicópteros de la Fuerza Aérea fueron despachados de nuevo a Santo Domingo con la ayuda de un avión americano Sky Master, cuya alta tecnología permitió identificar áreas o manchas de monte donde había contingentes de la guerrilla replegándose hacia Tame. En una de ellas, situada a un kilómetro del poblado, el helicóptero pilotado por Rivera dejó caer a las 10 de la mañana un racimo de seis pequeñas bombas cluster. El Sky Master filmó la operación y cuatro minutos después grabó imágenes del caserío sin que se viese allí rastro alguno de destrucción.
El video, "traspapelado" por mucho tiempo en la Embajada americana, no fue tomado en cuenta como prueba concluyente del caso. Tampoco lo han sido las recientes declaraciones de José Morales, comandante guerrillero reinsertado. Al frente de 80 hombres, tenía la orden de hacer estallar en el caserío un camión cargado de explosivos si entraba allí el Ejército. Así ocurrió. Un guerrillero llamado 'Fercho' disparó su ametralladora contra el vehículo. "Me acuerdo como si fuera ahora -dice Morales-: el carro bomba estalló y mató un poco de civiles. Otro guerrillero, un morterista, le clavó un bombazo a una gasolinera. Hubo allí ocho muertos y muchos heridos". Luego, los jefes operativos de las Farc dijeron a los pobladores de aquel caserío bajo su total dominio que debían culpar a la Fuerza Aérea de los muertos. "El que diga lo contrario se muere", fue su feroz advertencia.
Después de esto, ¿qué valor pueden tener los testimonios que condenaron a los tres oficiales? ¿De qué han servido, para probar su inocencia, artículos, marchas y tres libros, entre ellos Con las manos en alto, de Germán Castro? Sería necesaria una veeduría internacional. De lo contrario, a una esposa desesperada como Liliana de Romero sólo le queda confiar en la Justicia Divina. "En tus manos, Dios mío, pongo mi vida y la de nuestros hijos. Finalmente, serás tú quien con tu infinito poder haga brillar la verdad." Es la última frase de su lamento.
Plinio Apuleyo Mendoza
Diario El Tiempo. 26 de Nov. 2009
http://www.eltiempo.com/opinion/columnistas/plinioapuleyomendoza/peticion-a-dios_6681789-1