viernes, 30 de julio de 2010

La Cacería de Brujas…..Ahora en Colombia!

¿Por qué después de casi 25 años se retomo el caso de la toma del Palacio de Justicia?
¿Acaso es para buscar la verdad de ese fatídico 6 de noviembre de 1985; cuando terroristas del M-19, se tomaron a sangre y fuego el Palacio de Justicia; todo esto pagado por el narcotraficante Pablo Escobar?
Si eso fuera cierto, entonces los guerrilleros del M-19 que se desmovilizaron y fueron indultados por el gobierno de Virgilio Barco, actuales Senadores, Representantes a la Cámara y Gobernadoderes, también deberían ser llamados a juicio por estos acontecimientos; ya que ellos fueron los autores en primera medida de la toma del Palacio; iniciaron los hechos de ese nefasto día para toda la sociedad Colombiana.
Ahora bien, lo que en verdad están buscando en Colombia, es un impacto mediático y parcializado; tal como viene sucediendo en Argentina, donde se reabrieron viejas heridas a militares, que ya habían sido condenados o indultados por la justicia; están ahora siendo juzgados nuevamente ante las Cortes de este país; debido a que los posibles crímenes cometidos por ellos son considerados en las nuevas normas jurídicas, como de lesa humanidad. Lo anterior en aplicación a la Teoría Mediata, por el presunto conocimiento y dominio de la organización, permitiendo imputar la responsabilidad penal contra todo aquel que esté ubicado en los diferentes escalones del poder o en el mando en el caso militar; en pocas palabras, contra aquellos que se encuentran alejados del autor material del hecho punible; violando flagrantemente uno de los elementos básicos para que exista; que es, que la organización funcione al margen de la ley y el derecho. Lo cual no aplica para la Fuerza Pública. Pero a pesar de esto, la teoría se quiere imponer como el descubrimiento estrella de los jueces, que se encuentran a cargo de los procesos contra los miembros de las Fuerzas Armadas. Fuera de eso, la justicia ha exigido que las indemnizaciones a las “victimas” sean pagadas por los propios militares, algunas de estas tan altas que los condenan de forma indirecta a cadena perpetua.
En Colombia, organismos defensores de Derechos Humanos, están buscando más protagonismo, que el esclarecimiento real de los casos, no solo están siguiendo la línea de la justicia argentina, sino que están ejerciendo una presión a tal punto que el mismo Consejo de Estado, falló este año una acción de repetición contra el capitán Tomás Ignacio Monroy, y los suboficiales Samuel de Jesús Mejía y Marco Aurelio Mendoza. Donde ellos deben indemnizar al Estado con sumas de 286 y 114 millones respectivamente[1]. Este fallo del Consejo de Estado crea un nuevo marco en la jurisprudencia del país, exactamente igual que en Argentina, y de este modo ya la ley permitirá que existan acciones del mismo tipo en Colombia.
Algunas organizaciones de Derechos Humanos quieren implementar el estatuto de Roma como en el caso de la masacre de Mapiripán-Meta, ocurrido en julio de 1997, o el caso de fuego amigo en Jamundí, ocurrido el 22 de mayo de 2006. Estas organizaciones están intentando pasar por encima del mismo ordenamiento legal.
Lo anterior es debido a que Colombia, cuando ratifico el Estatuto de Roma en el año 2002 se amparo en el Artículo 124 del mismo, el cual especifica que:
“No obstante lo dispuesto en los párrafos 1 y 2 del artículo 12, un Estado, al hacerse parte en el presente Estatuto, podrá declarar que, durante un período de siete años contados a partir de la fecha en que el Estatuto entre en vigor a su respecto, no aceptará la competencia de la Corte sobre la categoría de crímenes a que se hace referencia en el artículo 8 cuando se denuncie la comisión de uno de esos crímenes por sus nacionales o en su territorio.”[2]
Esto significa que un colombiano acusado de cometer delitos de lesa humanidad, antes del año 2009; no puede ser juzgado por la Corte Penal Internacional. Ratificado en el mismo Estatuto de Roma, en su Artículo 24 – Parágrafo 1, el cual especifica:
“Nadie será penalmente responsable de conformidad con el presente Estatuto por una conducta anterior a su entrada en vigor”[3].
Sin importar que los acusados de unos u otros delitos sean culpables o no. Lo que se ha empezado en Colombia es una verdadera Cacería de Brujas iniciada por unos pocos personajes que buscan establecer intereses económicos, políticos y jurídico-terroristas; además del protagonismo ante la sociedad como supuestos defensores de los derechos humanos. Al mismo tiempo, algunos medios de comunicación y políticos sin escrúpulos, se han unido a este falso llamado en búsqueda de la mal llamada verdad; lo cual ha convertido estos procesos en un show mediático, para beneficio propio sin tomar en cuenta la sangre derramada en el país.
Pero de lo que no se han dado cuenta, es que acciones como estás; lo único que hacen es abrir viejas y nuevas heridas, las cuales se encargaran de dividir aun mas a la sociedad, en un momento donde los colombianos debemos estar más unidos para salir adelante.

Coronel Luis Felipe Molano Díaz
Departamento de Estudios Socio-Políticos - ACORE

[1] El Tiempo, “Militares condenados deberán reintegrar al Estado el monto de las indemnizaciones”. Documento Electrónico

[2] ESTATUTO DE ROMA, CORTE PENAL INTERNACIONAL. http://www.icclr.law.ubc.ca/Publications/Reports/romestatute.sp.pdf .Documento Electrónico
[3] ESTATUTO DE ROMA, CORTE PENAL INTERNACIONAL. http://www.icclr.law.ubc.ca/Publications/Reports/romestatute.sp.pdf. Documento Electrónico

1 comentario:

  1. Han quedado atrás las esperanzas de que el mundo disponga de organismos judiciales que apliquen real Justicia Universal: En serie se ha ido desmontando el ejercicio de el principio de Jurisdicción Universal que cortes nacionales, mayoritariamente europeas, aplicaban en caso de crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad, independiente del país en que estos hubieran sido cometidos. Y subsiguientemente las potencias determinaron quitarle la independencia y politizar la Corte Penal Internacional al definir que la persecución al crimen de Agresión Internacional, el principal crimen a que han recurrido las potencias afectandola paz mundial, sea asumido en primera instancia no por esta sino por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Se reafirma que bajo el Nuevo Orden Mundial en construcción se ha retornado a situaciones de vulneración sistemática de los derechos humanos, prevalece la negación del Derecho Internacional, y se vive bajo un Estado de excepción Global orientado a persiguir y castigar implacablemente la rebeldía de los pueblos víctimas de la desigualdad, la pobreza, el abuso y la opresión impuestas por los países ricos.

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